lunes , octubre 12 2026
SBP obligará a bancos a mostrar el nombre del destinatario antes de cada transferencia local

SBP obligará a bancos a mostrar el nombre del destinatario antes de cada transferencia local

La Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP) aprobó el Acuerdo No. 8-2026, que establece nuevas medidas de seguridad para las transferencias electrónicas realizadas dentro del país.

La regulación obliga a los bancos a implementar sistemas que permitan al cliente verificar gratuitamente y en tiempo real el nombre del titular de la cuenta receptora antes de autorizar el envío del dinero.

El sistema deberá mostrar como mínimo el banco y número de cuenta o alias utilizado, el nombre del beneficiario y el monto que será transferido.

Cuando exista una inconsistencia entre el nombre introducido y los datos registrados por la entidad receptora, el banco deberá advertirlo de manera clara y visible. El cliente podrá decidir si continúa o cancela la operación.

La normativa aplica a transferencias locales efectuadas mediante banca en línea, banca móvil y otros canales electrónicos, incluso cuando el dinero se mueve entre clientes de una misma institución.

Los bancos también deberán conservar evidencia de las verificaciones, respuestas y advertencias generadas.

La nueva disposición entrará en vigor nueve meses después de su promulgación.

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