El Consejo de Gabinete aprobó el Decreto N.° 9-26, mediante el cual se autoriza la importación de un contingente arancelario adicional de arroz en cáscara, con el objetivo de cubrir las necesidades de consumo de la población panameña hasta el inicio del siguiente período de cosecha.
La medida responde a las afectaciones provocadas por el fenómeno de El Niño, que ha generado retrasos en el inicio de las siembras y dificultades en el desarrollo del cultivo a nivel nacional.
De acuerdo con el decreto, el Comité de la Cadena Agroalimentaria de Arroz recomendó la aprobación de un contingente arancelario por 786 mil quintales de arroz en cáscara, con fecha límite de ingreso hasta el 15 de septiembre de 2026.
La recomendación fue adoptada durante una reunión ordinaria realizada el 26 de mayo de 2026, con participación de representantes de productores, agroindustriales, importadores, distribuidores de insumos y del Gobierno Nacional.
En dicho encuentro se informó que los inventarios actuales y los contingentes arancelarios pendientes de importar garantizan la producción nacional esperada hasta la tercera semana de septiembre de 2026.
Sin embargo, el análisis técnico confirmó la necesidad de autorizar un nuevo contingente, debido a que las proyecciones de cosecha para los primeros meses del período agrícola 2025-2026 se encuentran retrasadas y disminuidas por las condiciones climáticas.
El Gobierno indicó que la decisión busca garantizar la seguridad alimentaria, tomando en cuenta que el arroz es el principal producto de la canasta básica y una de las fuentes fundamentales de carbohidratos en la dieta panameña.
De forma paralela, el Consejo de Gabinete aprobó el Decreto N.° 8-26, mediante el cual se crean 11 incisos arancelarios y se elimina uno dentro del Arancel Nacional de Importación de Arroz.
Esta modificación surge tras un análisis técnico de la Comisión Arancelaria del Ministerio de Economía y Finanzas, en coordinación con el Ministerio de Desarrollo Agropecuario y la Autoridad Nacional de Aduanas.
El objetivo es incorporar mayor especificidad a las partidas de arroz y sus productos derivados destinados a la industria gastronómica, especialmente variedades que no se producen en el territorio nacional.
Entre las variedades contempladas figuran arroz arborio, bomba, riso, jazmín, basmati, kokuho, carnaroli, nishiki y otros tipos destinados a preparaciones gastronómicas como sushi, paella y risotto.
El decreto también elimina el inciso arancelario 1006.30.90.00.00 del Arancel Nacional de Importación.
Con ambas medidas, el Gobierno busca asegurar el abastecimiento del grano, ordenar las importaciones, proteger la seguridad alimentaria y dar respuesta a los impactos climáticos que han afectado el calendario agrícola nacional.
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